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miércoles, 22 de septiembre de 2010

Ganancias: la tasa que pagan las empresas llega hasta 60%

Las firmas que tienen poca deuda son las más perjudicadas por la no actualización de balances.

Un nuevo condimento se sumará no bien avance la discusión del proyecto de la CGT para repartir parte de las ganancias empresarias entre los empleados: cuánto es lo que ganan efectivamente las empresas y, en consecuencia, cuánto lo que deberían repartir entre sus empleados.

Según un informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf), la tasa efectiva del impuesto a las ganancias que paga la mayoría de las empresas va del 40 al 60% de sus utilidades, muy por encima del 35% que establece la ley. La diferencia entre lo que se debería pagar y lo que efectivamente se tributa tiene directa relación con una cuestión contable: la imposibilidad de actualizar los balances por inflación.

¿En qué consiste el ajuste por inflación? La suba de los precios hace que el dinero pierda valor a lo largo de un período. El método que se utilizaba para garantizar que los movimientos de una empresa durante un período reflejaran el verdadero valor de la moneda y sus resultados fue la indexación de los estados contables, pero actualmente está prohibido.

Por ejemplo: una empresa tiene 10 autos que valen 100 pesos a principios de un año. Si no los vende, tendrá esos mismos 10 autos al finalizar el ejercicio, pero si hubo inflación de un 10%, esos vehículos ya no valdrían 100 sino 110. Según la norma tributaria actual, esos 10 pesos pagan impuestos a las ganancias. Lo mismo sucede con la facturación, que refleja directamente la evolución de los precios. A raíz de esta situación, los balances no ilustran el verdadero valor de los beneficios y deben tributar ganancias sobre beneficios no percibidos.

Las empresas más solventes son las que más sufren el impacto de la prohibición de ajustar por inflación.

La imposibilidad de aplicar el ajuste por inflación significa para las empresas lo mismo que para los trabajadores dependientes y autónomos implica la no actualización de los tramos de la escala del impuesto.

La Corte sostuvo en varios fallos que con una inflación moderada no se puede utilizar este método de ajuste, pero si existe un perjuicio importante, perfectamente está abierta la puerta sobre estos planteos. Y en este momento, aun con las cifras que publica el Indec, el perjuicio es enorme para las empresas.

Si avanza el proyecto de la CGT, la discusión sobre cuánto gana una empresa será un debate central para saber cuánto hay que repartir.

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