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martes, 30 de noviembre de 2010

AFIP Y LOS COMPRADORES DE DOLARES

Con el fin de orientar a los pequeños ahorristas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comenzó a brindar información en su sitio web sobre las dudas planteadas para la compra de dólares.





Entre la información incorporada en la página web del sitio del ente recaudador, la AFIP remarca que posee facultad para controlar las operaciones de cambio que realizan las personas y empresas en la medida en que superan un determinado monto acumulado en el año, sin hacer referencia a una suma determinada.




En este espacio concebido como un servicio a la comunidad, la AFIP deja en claro que en este tipo de operaciones, las campañas de control no siempre derivan de intimaciones a los adquirentes, debido a que pueden utilizarse otros tipos de comunicaciones.




En tal sentido, agrega que en caso de detectarse alguna inconsistencia entre los ingresos declarados y las compras efectuadas, se envía una carta informándole al contribuyente sobre la infracción cometida, mientras que el resto de los contribuyentes son citados a fines de que expongan la correspondiente aclaración o se les envía una inspección en caso de que la inconsistencia sea mayor.

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